Dictamen de la Dirección del Trabajo N°877/006

Con fecha 10 de marzo de 2021, se publica dictamen de la Dirección del Trabajo N°877/006 que fija doctrina referida al Libro de Remuneraciones Electrónico. En específico, este dictamen señala lo siguiente:

  1. La Dirección del Trabajo autoriza a que el cumplimiento de la obligación de llevar un Libro Auxiliar de Remuneraciones, sea cumplida mediante procesos electrónicos, a través de un Libro de Remuneraciones Electrónico.
  2. En ese sentido, el Libro de Remuneraciones Electrónico, reemplazará en forma íntegra e irrevocable al Libro Auxiliar de Remuneraciones.
  3. Para ello, la Dirección del Trabajo ha dispuesto una plataforma electrónica en su portal web, a fin de que los empleadores informen estandarizada y mensualmente los pagos de remuneraciones.
  4. Adicionalmente, se establece un régimen general que comprende la forma y oportunidad para informar las remuneraciones y demás asignaciones no remuneracionales por parte de los empleadores.
  5. Finalmente, la Dirección del Trabajo establece que, durante el primer año de implementación del Libro de Remuneraciones Electrónico, se aplicarán reglas excepcionales para dar cumplimiento al sistema de registro electrónico.

Fuente: Inspección de trabajo

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